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	<title>RILEs archivos - Mundoagropecuario</title>
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		<title>SMA inicia proceso sancionatorio contra Planta de Lácteos Rafulco</title>
		<link>https://www.mundoagropecuario.cl/new/sma-inicia-proceso-sancionatorio-contra-planta-de-lacteos-rafulco/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[mundo]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 31 Mar 2023 15:40:48 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Lácteos]]></category>
		<category><![CDATA[Agricultura]]></category>
		<category><![CDATA[Agro]]></category>
		<category><![CDATA[Comercial Paillahue Ltda]]></category>
		<category><![CDATA[Extraer los RILES]]></category>
		<category><![CDATA[Ivonne Mansilla]]></category>
		<category><![CDATA[Lácteos Rafulco]]></category>
		<category><![CDATA[planta industrial]]></category>
		<category><![CDATA[RILEs]]></category>
		<category><![CDATA[SMA]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Luego de varias denuncias e inspecciones de la Superintendencia de Medio Ambiente, que constataron un manejo inadecuado del tratamiento de Residuos Industriales (RILES) por parte de la empresa Comercial Paillahue Ltda.</p>
<p>La entrada <a href="https://www.mundoagropecuario.cl/new/sma-inicia-proceso-sancionatorio-contra-planta-de-lacteos-rafulco/">SMA inicia proceso sancionatorio contra Planta de Lácteos Rafulco</a> se publicó primero en <a href="https://www.mundoagropecuario.cl/new">Mundoagropecuario</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) inició un procedimiento sancionatorio, imputando un cargo gravísimo y otro grave contra la empresa Comercial Paillahue Ltda., por el manejo no autorizado en el funcionamiento de la Planta de tratamiento de RILES de la empresa de Lácteos Rafulco, ubicada en el Fundo del mismo nombre, Ruta 5 Sur Km 943, sector de Chifín Alto, comuna de Río Negro, Región de Los Lagos. La planta industrial de elaboración de productos lácteos, principalmente quesos.</p>
<p>“Estas infracciones se sustentan luego de varias denuncias ciudadanas, y de constantes fiscalizaciones en las que se denunciaron en sectores del Río Chifín manchas de espuma de color blanco y naranjo que descendían por el caudal del río. En base a las inspecciones en terreno, y otras diligencias, se formularon cargos contra la empresa Comercial Paillahue Ltda., principalmente por un manejo inadecuado del tratamiento de Residuos Industriales (RILES) respecto a su proceso productivo de lácteos”, explica Ivonne Mansilla, Jefa Oficina Regional SMA de Los Lagos.</p>
<p><a href="https://www.mundoagropecuario.cl/new/wp-content/uploads/2023/03/SMA2-2-scaled.jpg"><img fetchpriority="high" decoding="async" class="wp-image-23812 alignright" src="https://www.mundoagropecuario.cl/new/wp-content/uploads/2023/03/SMA2-2-586x330.jpg" alt="" width="535" height="301" srcset="https://www.mundoagropecuario.cl/new/wp-content/uploads/2023/03/SMA2-2-586x330.jpg 586w, https://www.mundoagropecuario.cl/new/wp-content/uploads/2023/03/SMA2-2-1024x577.jpg 1024w, https://www.mundoagropecuario.cl/new/wp-content/uploads/2023/03/SMA2-2-768x433.jpg 768w, https://www.mundoagropecuario.cl/new/wp-content/uploads/2023/03/SMA2-2-scaled.jpg 710w" sizes="(max-width: 535px) 100vw, 535px" /></a>El primer cargo, clasificado como grave, se sustenta porque la empresa se encuentra ejecutando un proyecto consistente en un sistema de tratamiento y/o disposición de residuos industriales líquidos provenientes de la elaboración de productos lácteos, cuyos efluentes se usan para riego, infiltración y aspersión de terrenos, sin una Resolución de Calificación Ambiental (RCA) que lo autorice.</p>
<p>El segundo cargo se relaciona por no efectuar la calificación de fuente emisora, en circunstancias que se encuentra infiltrando y/o descargando residuos industriales líquidos provenientes de su actividad. Infracción que fue clasificada como gravísima.</p>
<p>Cabe señalar que, en el caso de la infracción clasificada grave, esta puede ser objeto de clausura, o multa de hasta 5.000 UTA, mientras que para una gravísima la multa puede llegar hasta 10.000 UTA. En suma, esta empresa arriesga una multa de hasta $11.241 millones.</p>
<p>Comercial Paillahue Ltda. tendrá un plazo de 10 días hábiles para presentar un Programa de Cumplimiento (PdC) y de 15 días hábiles para formular sus descargos tras la notificación del presente sancionatorio.</p>
<p><strong>Renovación Medidas Provisionales</strong></p>
<p>Junto con el inicio del proceso sancionatorio, la SMA ordenó en paralelo renovar medidas provisionales dictadas el 7 de marzo. A continuación, las medidas que se renuevan por un periodo de 30 días son:</p>
<p>1.Ejecutar el “Plan de Gestión de RILES” presentado el 22 de marzo de 2023 (medida N°2 conforme Res. Ex. N°424, de 7 de marzo de 2023).</p>
<p>2.Suspender en su totalidad, i) la descarga de RILes desde el Sistema de Tratamiento hacia los pozos de acumulación actualmente implementado por el titular; y ii) la actividad de riego de RILes por aspersión, o por cualquier otro medio retirando la totalidad de todos los elementos y equipos que se utilizan para el sistema de riego (medida N°3 conforme Res. Ex. N°424, de 7 de marzo de 2023).</p>
<p>3.Extraer los RILES acumulados en las coordenadas Este 655374.07 y Norte 5482670.83, DATUM WGS 84 HUSO 18S. Al respecto, se aclara que estos RILes corresponden al apozamiento entre las piscinas de decantación y pozo de acumulación (medida N°4 conforme Res. Ex. N°424, de 7 de marzo de 2023).</p>
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			</item>
		<item>
		<title>SMA dicta medidas provisionales contra Bionovo Chile Agroindustrial</title>
		<link>https://www.mundoagropecuario.cl/new/sma-dicta-medidas-provisionales-contra-bionovo-chile-agroindustrial/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[periodista]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 13 Jun 2019 14:58:43 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Titular 1]]></category>
		<category><![CDATA[Bionovo]]></category>
		<category><![CDATA[RILEs]]></category>
		<category><![CDATA[SMA]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Luego de determinar que el proyecto debe ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental y que la actividad de la empresa genera RILes que superan el límite establecido en...</p>
<p>La entrada <a href="https://www.mundoagropecuario.cl/new/sma-dicta-medidas-provisionales-contra-bionovo-chile-agroindustrial/">SMA dicta medidas provisionales contra Bionovo Chile Agroindustrial</a> se publicó primero en <a href="https://www.mundoagropecuario.cl/new">Mundoagropecuario</a>.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<ul class="wp-block-gallery columns-0 is-cropped wp-block-gallery-1 is-layout-flex wp-block-gallery-is-layout-flex"></ul>



<p></p>



<p class="has-medium-font-size"><em>Luego de determinar que el proyecto debe ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental y que la actividad de la empresa genera RILes que superan el límite establecido en la normativa (Mundo Agropecuario-SMA).</em></p>



<p>El Superintendente del Medio Ambiente dictó medidas
provisionales contra la “Planta de Aceite Bionovo” de la empresa Bionovo Chile
Agroindustrial Ltda. ubicada en la región del Maule. Dicha unidad fiscalizable
extrae y refina aceites que generan diferentes corrientes de RILes los que
corresponden a aguas de lavado de aceite, aguas de lavados de pisos y aguas de
extracción de solventes, residuos líquidos que son descargados a cauce
superficial sin tratamiento previo.</p>



<p>Luego de una denuncia presentada por el Servicio Agrícola y Ganadero
(SAG) sobre la muerte de animales en el Fundo Buena Vista de la comuna de
Talca, esta Superintendencia solicitó un pronunciamiento a la Dirección
Regional del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) de la región del Maule,
debido que la empresa estaba superando el límite de generación de residuos
sólidos establecidos en la normativa (D.S.N°40/2012/SEA).</p>



<p>Al respecto, el SEA confirmó que dicho proyecto debía
ingresar obligatoriamente al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA),
por lo cual, esta Superintendencia inició el procedimiento de requerimiento de
ingreso de la planta al SEIA. Luego de un cronograma rechazado por la SMA y la
realización de nuevas actividades de fiscalización, se comprobó que la
hipótesis de elusión era efectiva. Dichas actividades corroboraron que, además,
la producción y descarga de RILes no cumplía con la normativa vigente.</p>



<p>Por esta razón, la SMA reiteró el requerimiento bajo
apercibimiento de sanción a la empresa para que ingrese el proyecto “Planta de
Aceite Bionovo” al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), y otorgó
un nuevo plazo de 10 días hábiles para presentar a la SMA un cronograma de
trabajo que acredite la fecha en que la empresa ingresará su proyecto al SEIA.</p>



<p>Se hizo además la prevención de que las actividades que
eluden el SEIA no pueden seguir ejecutándose, bajo el apercibimiento de que, si
ello no se cumple, se solicitará la clausura o detención al Tribunal Ambiental
competente.</p>



<p>Finalmente, se dictaron las siguientes medidas
provisionales:</p>



<p>1.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Sellado de
la tubería de descargas instalada en el canal de riego del plantel.</p>



<p>2.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Eliminación
del canal de evacuación de residuos industriales líquidos excavado en el suelo,
utilizando para realizar su descarga al canal evacuador de aguas lluvias
ubicado dentro de la instalación.</p>



<p>3.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Ejecutar
una limpieza de los dos cuerpos de agua superficiales que utiliza el proyecto
para descargas de RILes.</p>



<p>4.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Presentar
en 15 días hábiles un Informe de Cumplimiento, que acredite medios de
verificación y acciones ordenadas por la SMA.</p>
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			</item>
		<item>
		<title>SMA formula cargos en contra de firma agroalimentaria</title>
		<link>https://www.mundoagropecuario.cl/new/sma-formula-cargos-en-contra-de-firma-agroalimentaria/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[periodista]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 29 Mar 2019 04:00:31 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Titular 1]]></category>
		<category><![CDATA[O'Higgins]]></category>
		<category><![CDATA[RILEs]]></category>
		<category><![CDATA[SAG]]></category>
		<category><![CDATA[SMA]]></category>
		<category><![CDATA[Sugal Chile]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Por denuncias sobre distintas materias, entre las que figura lodos no tratados, emisión de ruidos y evacuación de RILes sin tratar a aguas del canal de la zona (Mundo Agropecuario)....</p>
<p>La entrada <a href="https://www.mundoagropecuario.cl/new/sma-formula-cargos-en-contra-de-firma-agroalimentaria/">SMA formula cargos en contra de firma agroalimentaria</a> se publicó primero en <a href="https://www.mundoagropecuario.cl/new">Mundoagropecuario</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<blockquote><p><em>Por denuncias sobre distintas materias, entre las que figura lodos no tratados, emisión de ruidos y evacuación de RILes sin tratar a aguas del canal de la zona (Mundo Agropecuario).</em></p></blockquote>
<p>La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) formuló cargos en contra de la sociedad Sugal Chile Limitada, titular de la RCA Nº 258/2006 que autoriza y regula la operación de una Planta de Tratamiento de Riles (PTR), y cuya empresa elabora pasta de tomates y pulpas de frutas; principalmente por implementar una serie de modificaciones al proyecto sin someterlas a evaluación ambiental previa, entre las que destaca la construcción de una nueva Planta de Tratamiento de RILes.</p>
<p>Además, este procedimiento sancionatorio incorpora una serie de denuncias, que informaron a la SMA respecto a incumplimientos en que habría incurrido el titular, sobre distintas materias, entre las que figura lodos no tratados, emisión de ruidos y evacuación de RILes sin tratar a aguas del canal Silvano generando malos olores y contaminación en las tierras de la zona.</p>
<p>En base a los análisis de fiscalización realizados por funcionarios de la Oficina Regional de O´Higgins de la SMA, en conjunto con funcionarios del SAG y de la Seremi de Salud, ambos de la Región de O´Higgins, y de denuncias recibidas, esta Superintendencia detectó 7 hechos constitutivos de infracción, entre los que destacan:</p>
<ol>
<li>Implementación y operación de diversas modificaciones del proyecto, detalladas en el considerando 15 de la presente resolución, sin contar con una RCA que las autorice, debiendo tenerla, desde el año 2012 a la fecha.</li>
<li>Construcción y operación de una PTR sin contar con una RCA que la autorice, debiendo tenerla, desde noviembre de 2017 a la fecha.</li>
<li>Disponer los lodos generados por la PTR en un lugar que no cuenta con las autorizaciones de las autoridades respectivas, e incumpliendo además la normativa de manejo de lodos, en los períodos enero a mayo de 2017 y febrero a abril de 2018.</li>
</ol>
<p>De los 7 hechos de infracción, 6 fueron clasificados como graves y 1 fue clasificado como leve, por lo que la empresa podría ser objeto de revocación de la RCA, clausura temporal o definitiva (en el caso de las infracciones graves) o de una multa de hasta 31.000 unidades tributarias mensuales (UTA), equivalente a más de $17.987 millones.</p>
<p>Además, la SMA solicitó con carácter de urgente una medición discreta de material particulado en calderas de vapor registradas como VI-CAL-401, VI-CAL-169 y VI-CAL-434, de acuerdo al método CH-5 y a las exigencias que se indican en el D.S. Nº 15/2013 MMA. Y realizar también una medición del efluente de la nueva PTR. Dichas mediciones deben ser realizadas por una ETFA, y cuyo informe debe ser entregado en un plazo de 15 días hábiles.</p>
<p>Tras la notificación de esta formulación de cargos, la empresa Sugal Chile Limitada tendrá un plazo de 10 días hábiles para presentar un Programa de Cumplimiento * y de 15 días hábiles para formular sus Descargos respectivos.</p>
<p>Para mayor detalle, acceder a la formulación de cargos en el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA): <a href="http://snifa.sma.gob.cl/v2/Sancionatorio/Ficha/1862">http://snifa.sma.gob.cl/v2/Sancionatorio/Ficha/1862</a></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>La entrada <a href="https://www.mundoagropecuario.cl/new/sma-formula-cargos-en-contra-de-firma-agroalimentaria/">SMA formula cargos en contra de firma agroalimentaria</a> se publicó primero en <a href="https://www.mundoagropecuario.cl/new">Mundoagropecuario</a>.</p>
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